Debida diligencia ordinaria
Comprende la identificación y verificación de la contraparte, el conocimiento de su actividad y del origen de sus recursos, la identificación del beneficiario final y la consulta de listas. Se documenta y se conserva.
Su finalidad no es acumular papeles, sino poder responder a una pregunta concreta: ¿quién está realmente detrás de esta relación y tiene sentido económico lo que propone?
Cuándo debe intensificarse
La diligencia intensificada se aplica cuando el riesgo es mayor. Los supuestos habituales son:
- Personas expuestas políticamente, sus familiares y allegados.
- Estructuras societarias complejas, con sociedades interpuestas o jurisdicciones opacas.
- Contrapartes vinculadas a países o sectores sujetos a programas de sanciones.
- Operaciones sin lógica económica aparente o desproporcionadas respecto del perfil declarado.
Intensificar significa exigir más y verificar mejor: documentación adicional, aprobación en un nivel jerárquico superior y seguimiento más frecuente.
El beneficiario final: el paso que decide la exposición
Identificar al beneficiario final consiste en determinar qué persona natural posee o controla en última instancia a la contraparte. Es el procedimiento más exigente y el que más a menudo se resuelve de forma superficial.
Su importancia para las sanciones es directa. La regla del 50 % de la OFAC bloquea a las entidades participadas mayoritariamente por designados, sin que su nombre figure en lista alguna. Una verificación que se detiene en el primer nivel de la estructura no detecta ese supuesto.
De ahí que la pregunta correcta no sea «¿aparece esta sociedad en alguna lista?», sino «¿quién la controla y aparece esa persona?».
Documentar y conservar
Un procedimiento que funciona y no deja rastro es, ante un supervisor o ante un banco corresponsal, indistinguible de uno que no existe. Conviene registrar qué se verificó, con qué fuente, en qué fecha, qué resultado se obtuvo y quién adoptó la decisión.
La conservación tiene además una dimensión internacional: la reglamentación estadounidense exige mantener los registros relativos a operaciones sujetas a sanciones durante diez años, plazo que conviene tener presente cuando la operación tiene exposición al sistema financiero en dólares.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto debe actualizarse la información del cliente?
Según el nivel de riesgo asignado y lo que fije la política interna. Un cliente de mayor riesgo exige revisión más frecuente.
¿Basta con una declaración firmada del cliente sobre el beneficiario final?
Es un elemento, no una verificación. Debe contrastarse con documentación societaria y registros disponibles.
¿La debida diligencia obliga a rechazar clientes de riesgo alto?
No. Obliga a conocerlos mejor, a decidir con fundamento y a dejar constancia de la decisión.
La normativa citada se modifica. Verifique siempre el texto vigente en la fuente oficial antes de tomar una decisión.